Decreto 346/2020

El Gobierno Nacional dispone el diferimiento del pago hasta el 31 de diciembre de 2020 de los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de la deuda pública nacional instrumentada mediante títulos denominados en dólares estadounidenses emitida bajo ley de nuestro país y exceptúa a algunos instrumentos que se listan en el artículo 2° del presente decreto. Los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las Letras intransferibles denominadas en dólares estadounidenses en poder del BCRA y las Letras emitidas en virtud del Decreto N° 668/19 (incisos i) y ii) del artículo 2°) serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos. Además, prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2020 el Decreto N° 668/19 con el fin de ejecutar las acciones secuenciales que permitan alcanzar la sostenibilidad de la deuda pública de manera integral. La aplicación de este decreto incluye al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino. Tal como en otras oportunidades, fundamentan esta decisión en la actual inconsistencia macroeconómica la cual requiere de políticas de deuda como parte de un programa integral a los efectos de restaurar la sostenibilidad de la deuda pública y recuperar un sendero de crecimiento sostenible.