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Central de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME impagas al vencimiento (CenFIV).
Se deberá canalizar exclusivamente a través de la casilla de correo electrónico consultas.cenfiv@bcra.gob.ar toda consulta relacionada con la información de la Central de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME impagas al vencimiento (CenFIV) que las entidades financieras reciban de los obligados al pago de las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME (FCEM). Además, el Banco Central aclara que las entidades financieras serán las únicas intermediarias entre el organismo y el sujeto obligado al pago para solicitar el detalle de las FCEM que conforman los datos publicados en la CenFIV.