Impulso al financiamiento de pymes. ‘Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs’. Plazos.
Han resuelto prorrogar por el plazo de 4 meses, la medida que amplía el plazo previsto en la Ley N° 27.440 para la aceptación, cancelación y el rechazo de las ‘Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs’ y su inscripción en el Registro de ‘Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs’, a 25 días corridos, a fin de otorgar un plazo prudencial para que las empresas adecúen sus prácticas habituales y sistemas. Por otro lado, aclaran que mantienen los supuestos de cesión de las ‘Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs’ ya que permiten a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas el acceso a una forma adicional de financiamiento relacionada al factoraje tradicional previo a la conformación del título ejecutivo.