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Apertura de cuentas a no residentes y residentes ‘rentistas’ y ‘pensionados’. Aclaración.
El Banco Central informa que pueden abrirse cuentas de depósito a extranjeros en vías de regularización migratoria (sin DNI) y a personas humanas no residentes en el país, para lo cual deben observarse los requisitos previstos en las normas reglamentarias respectivas. Y recuerda que cuando se solicite la apertura de cuentas de caja de ahorros en moneda extranjera para acreditar transferencias, no resulta aplicable el procedimiento previsto en el punto 1.4.2. de las normas sobre ‘Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales’. Además, destaca que es obligatorio dar cumplimiento a la normativa en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, especialmente en lo referido a la identificación y conocimiento del cliente.