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Circular REMON 1-1106: Efectivo mínimo. Adecuaciones.
El Banco Central, con vigencia a partir del 1 de febrero, admite que las entidades financieras que adhieran al Programa ‘CUOTA SIMPLE’ podrán disminuir de la exigencia de efectivo mínimo en pesos un importe equivalente al 30 % de las sumas de las financiaciones en pesos que otorguen en el marco del citado programa. Además, aclara que se considerará el saldo de las financiaciones alcanzadas del período anterior al de cómputo de la exigencia que cumplan los requisitos señalados. Y, que esta deducción y la prevista en el punto 1.5.2. de las normas sobre ‘Efectivo mínimo‘, no podrán  superar el 8 % de los conceptos en pesos sujetos a exigencia, en promedio, del mes anterior al de cómputo.