El Ejecutivo Nacional dispone extender un mes más el plazo para efectuar la opción de revalúo fijado por el Decreto 613/2018. Esto es en el marco del régimen optativo de revalúo impositivo para las personas humanas y sucesiones indivisas que se creó por medio del Capítulo I del Título X de la Ley 27.430. Recordemos que, a través del Decreto 353/2018, se reglamentaron las disposiciones de la ley aludida con el objeto de lograr su correcta aplicación y que en el artículo 12 del mencionado decreto se previó que el ejercicio de esa opción podría realizarse hasta el último día hábil del sexto mes calendario inmediato posterior al Período de la Opción. Y posteriormente, a través del artículo 1° del Decreto 613/2018, debido a diversas circunstancias que derivaron en una mayor volatilidad de las variables financieras, se extendió ese plazo por seis meses más. Dado que continúan vigentes los motivos que dieron lugar al dictado de dicho decreto, se extiende por el presente, el plazo en cuestión hasta el décimo tercer mes calendario inmediato posterior al Período de la Opción.