Con vigencia a partir del 01/03/19, se realiza una serie de modificaciones al régimen de facilidades de pago permanente dispuesto por la RG AFIP 4268. Recordemos que dicho régimen permite regularizar las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras -así como sus intereses y multas-, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la AFIP. En tal sentido, se posibilita la inclusión en el plan de pagos de la deuda cuyo vencimiento se produce en el mismo mes del acogimiento y se dispone que el interés de financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1- nunca será mayor a la tasa del 3% efectiva mensual.
Cabe destacar que se establece que hay tiempo hasta el 31/05/19 para regularizar en hasta 6 planes de facilidades obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial.