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Con relación a las disposiciones judiciales originadas en juicios entablados por la AFIP, a través de los cuales, entre otras cuestiones, se solicita información, se ordenan medidas cautelares o bien la transferencia de los fondos embargados, el BCRA ha decidido modificar el texto ordenado que regula sobre el tema.  En ese sentido y con motivo de la sustitución del procedimiento de comunicación y respuesta a los oficios de embargo general de fondos y valores diligenciado por medio del SOJ, se ha reemplazado la transmisión de altas y bajas de novedades por un proceso Online que será ejecutado diariamente por la Cámara Compensadora Electrónica (COELSA). Al mismo tiempo, se actualiza el texto ordenado en materia de cuentas de destino de la transferencia de los fondos embargados y a la obligación por parte de las EF de poner en conocimiento de la AFIP la orden judicial respecto del levantamiento de un embargo de fondos el mismo día de su recepción. Con una vigencia diferida, las modificaciones introducidas en la presente norma, serán aplicables a partir del 01/02/2019. A su vez, la norma aclara  que ‘La totalidad de las entidades financieras deberán adecuar sus sistemas al procedimiento en línea de oficios judiciales establecido por la presente Comunicación con anterioridad al 1 de febrero de 2019.’