El BCRA actualiza el punto referido a las situaciones especiales (punto 3) de las normas sobre Secreto financiero, a fin de expresar de manera más clara cómo se aplica la excepción a la norma respecto de los pedidos de información del ANSES. En tal sentido, se establece que ‘el secreto financiero no rige frente a los pedidos de información de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), consistentes en los datos relativos a lugar, día y hora de las extracciones o de otras transacciones que conllevan el retiro de fondos (tipo de transacción, fecha, hora e importe) por parte de los beneficiarios de cuentas en las que el organismo deposita fondos’. Asimismo, se incorpora al final de dicho punto un párrafo en el que se dispone que los datos que permitan la identificación de las cuentas donde se acreditan los fondos de las transacciones mencionadas en el párrafo precedente u otras operaciones pasivas de sus titulares se encuentren alcanzados por el secreto financiero.