‘A’ 6951

El BCRA dispone que las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas los días 4 y 5 de abril para la atención de clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del SIPA o programas de ayuda abonados por la ANSES, entre otros. Deberán hacerlo durante la jornada habitual de atención al público según la jurisdicción de que se trate.