‘A’ 7094

El Banco Central establece que las disposiciones previstas en los puntos 2. y 3. de la Comunicación ‘A’ 7030 y complementarias se mantendrán en vigor hasta el 31 de otubre inclusive. Además, se eleva de 120 a 365 días corridos el plazo para que las empresas tengan disponibles fondos depositados en cuentas bancarias del exterior, originados en endeudamientos financieros con el exterior y destinados al pago de capital e intereses de obligaciones.