‘A’ 7639

Circular CONAU 1-1559: Régimen Informativo ‘Proveedores de servicios de créditos entre particulares a través de plataformas’ (R.I.-P.S.C.P.P.).
El Banco Central establece un nuevo requerimiento que deberán cumplimentar los proveedores de servicios de créditos entre particulares a través de plataformas, en los términos de la Comunicación ‘A’ 7406. El organismo aclara que los PSCPP que ya se encuentren inscriptos en el ‘Registro de Proveedores de servicios de créditos entre particulares a través de plataformas’ respectivo, deberán presentar adicionalmente la información respecto de su último balance anual auditado hasta el 15 de diciembre del corriente -en caso de haber cerrado su primer ejercicio económico-.