‘A’ 7895

Circular CAMEX 1-991: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Con vigencia a partir del 24 de noviembre, se suspende lo dispuesto en el punto 3.9. de las normas de ‘Exterior y cambios’ relativo al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la aplicación simultánea a la compra de inmuebles en el país a partir de préstamos hipotecarios otorgados por entidades financieras locales.