ADEBA informa sobre el Régimen de Regularización de Activos

ADEBA informa sobre el Régimen de Regularización de Activos

El Congreso de la Nación aprobó el Régimen de Regularización de Activos (RRA), el cual fue reglamentado por el Poder Ejecutivo, la AFIP y el BCRA. Este RRA da la oportunidad de declarar activos no informados a la AFIP de forma sencilla, a un bajo costo y dar por regularizada la situación. En función de lo establecido en el marco legal y regulatorio, las empresas y personas no deberán pagar impuestos ni sanciones por los periodos previos a 2024. La misma legislación dispuso, a manera de compensación, una baja de impuestos a los bienes personales de los contribuyentes cumplidores. Los bancos son una pieza clave en la implementación del RRA ya que es a través de las cuentas bancarias especiales (Cuenta Especial de Regularización de Activos, CERA) donde se ingresan los fondos no declarados hasta el momento, en el país o el exterior. Los bancos asesoraran a sus clientes en todo el proceso. La apertura de estas cuentas los bancos las ofrecen gratuitamente. EL RRA ya está vigente y operativo, aún quedan algunas semanas para ingresar en la etapa más conveniente del mismo. A continuación, se presenta un breve resumen con las principales características del RRA y como participar de él en forma sencilla.

¿Qué es la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA)?

• Para regularizar tenencias de efectivo en billetes y cuentas a la vista, en el país y/o en el exterior, tanto en pesos como en dólares, se debe abrir una cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA). • Las CERAs están exentas del Impuesto sobre los Débitos y Créditos. • Las entidades financieras asociadas a ADEBA permiten abrir una CERA. • La apertura de la CERA es totalmente gratuita. • Podrás iniciar el trámite de apertura de la CERA a través de la página Web del banco que elijas. • Podrás depositar o recibir transferencias desde cuentas bancarias del exterior de tu misma titularidad antes del 30/09/2024. • No se puede retirar el monto acreditado en la CERA hasta las fechas establecidas.