Decreto 274/2025 

Ley Nº 25.246. Modificación.
A raíz de las ‘acciones prioritarias’ expuestas en el Informe de Evaluación Mutua del GAFI sobre la República Argentina, se adecúan nuevas disposiciones con el fin de alinearse a los Estándares Internacionales de prevención de lavado de dinero y financiamiento de terrorismo.  Entre otras cuestiones, surge: • El desarrollo de otros medios y procedimientos para identificar las actividades sospechosas de financiamiento del terrorismo, además de basarse en los reportes de operaciones sospechosas de financiamiento del terrorismo (ROS-FT), y seguir los indicios de financiamiento del terrorismo provenientes de pares extranjeros. • El desarrollo de una estrategia nacional de lucha contra el terrorismo que integre, de manera concreta, la detección del financiamiento del terrorismo para mejorar la cooperación y la coordinación entre las autoridades pertinentes -incluidas la UIF, las autoridades del orden público, los especialistas en inteligencia, las fuerzas de seguridad y el poder judicial-, y así garantizar la detección e investigación pertinentes de los casos de terrorismo y financiamiento del terrorismo. • Dotar a la UIF, de competencias para requerir, recibir e intercambiar información con otras entidades públicas que desarrollen actividades de inteligencia, información o prevención. • Fortalecer la implementación de su supervisión contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, conforme un enfoque basado en riesgo, procurando un equilibrio entre la gama de sujetos obligados existentes en el país y los recursos que estos requieren.