Decreto 91/2019

El Ejecutivo Nacional resuelve implementar la continuidad de la obligación de ingresar al
país en divisas, y/o negociar en el mercado de cambios, el contravalor de la exportación de
bienes y servicios, en las condiciones y plazos que establezca el BCRA.
La presente medida se toma teniendo en cuenta que no ha sido superada la situación
económico-financiera que motivó el dictado del Decreto 609/2019 (que estableció ciertas reglas
extraordinarias y transitorias relacionadas con las  exportaciones de bienes y servicios, con las
transferencias al exterior y con el acceso al mercado cambiario).