Buenos Aires Decreto Provincial 61/2018 – Establecer que no podrá efectuarse la designación de personal, bajo cualquier modalidad, de quien tenga vínculo de parentesco tanto en línea recta como colate

Por medio del presente, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires adhiere al Decreto 93/2018, del Gobierno Nacional y se establece, en tal sentido, que no podrá efectuarse la designación de personal, bajo cualquier modalidad, de parientes (tanto en línea recta como colateral, hasta el segundo grado), con el Gobernador y Vicegobernador de la provincia, Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía equiparado a Ministro, en todo el Sector Público Provincial. Quedan incluidos el cónyuge y la Unión Convivencial.  Se resuelve que las personas cuyas designaciones a la fecha del presente se encuentren alcanzadas por la medida antes descripta cesarán en sus cargos antes del 01/03/18.