‘A’ 7240

El Banco Central establece, por un lado, la extensión de la vigencia de la Línea de Financiamiento Productivo. Por otro lado, dispone que las entidades deberán designar -ante del organismo- un responsable por el cumplimiento de esta Línea de financiación e informarlo a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias dentro de los 10 días corridos de la publicación de la presente norma. Finalmente, prorroga hasta el 31 de diciembre la obligación de la entidades de contar con la previa conformidad del Central para proceder al traslado o cierre de sucursales (punto 11.1. de las normas sobre ‘Expansión de entidades financieras’).