Programa de Incremento Exportador. Restablecimiento. |
El Poder Ejecutivo restablece de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de Incremento Exportador para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigor del Decreto Nº576 de 2022, las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la N.C.M. figuran en el Anexo I de este. El BCRA establecerá los mecanismos para que el contravalor de las mercaderías indicadas en el mencionado anexo exportadas por los sujetos que adhieran al Programa y que cumplan con los requisitos establecidos en el decreto, se perfeccione a $ 230 por dólar estadounidense. Los sujetos que adhieran al Programa deberán efectuar la registración de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y liquidar las divisas en los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de diciembre de 2022, inclusive. |