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Circular CAMEX 1-1025: Exterior y cambios. Adecuaciones.
El Banco Central dispone, entre otras cosas, que para dar acceso al mercado de cambios por cualquier concepto de egreso a un Vehículo de Proyecto Único (VPU) que haya solicitado la inscripción al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y que contemple hacer uso de los beneficios establecidos en el régimen en materia de cobro de exportaciones de bienes y servicios, adicionalmente a los restantes requisitos que le sean aplicables a la operación, las entidades deberán contar con los requisitos que se indican en la presente.
Además, los aportes de inversión directa en especie instrumentados mediante la entrega al VPU de bienes de capital podrán ser computados como ingresados y liquidados en el mercado de cambios a los efectos de la presente, en la medida que se cumpla con las medidas indicadas.
Aclaran que los beneficios cambiarios del RIGI no podrán ser acumulados con los incentivos cambiarios existentes o que se creen a futuro.