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Circular OPRAC 1-1273: Operaciones al Contado a Liquidar y a Término, Pases, Cauciones, Otros Derivados y con Fondos Comunes de Inversión. Adecuaciones.
En el marco de las disposiciones de la Sección 7. del texto ordenado sobre Operaciones al Contado a Liquidar y a Término, Pases, Cauciones, Otros Derivados y con Fondos Comunes de Inversión, el Banco Central dispone que las entidades financieras podrán ser titulares de cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados, con oferta pública autorizada por la CNV cuyo objeto sea la inversión en créditos originados por entidades financieras u otros sujetos obligados a la observancia del texto ordenado sobre Clasificación de Deudores.
En materia crediticia, esas inversiones recibirán el mismo tratamiento normativo que el previsto para los fideicomisos cuyos activos subyacentes sean créditos.