El BCRA da a conocer diversos ajustes en sus textos ordenados, entre ellos, en las normas sobre ‘Autoridades de entidades financieras’ , sustituyendo por completo la Sección 4 sobre ‘Separación de funciones ejecutivas y de administración’, cuyo texto se acompaña como Anexo. En ese sentido, y de forma complementaria, dispone que, a los fines de observar la separación de funciones directivas y de administración hasta el 31/12/18, las entidades financieras serán clasificadas conforme a lo previsto en dicho Anexo, considerando el promedio de los activos de julio, agosto y septiembre de 2017. Por otro lado, se establece que la observancia de las normas sobre ‘Ratio de cobertura de liquidez’, ‘Ratio de fondeo neto estable’, ‘Capitales mínimos de las entidades financieras’ y ‘Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras’ continuará hasta el 31/12/18 con el alcance vigente al 23/03/18 (fecha de difusión de la presente). Asimismo, con vigencia al 1/1/19, se sustituye el punto 7.2. de las normas sobre ‘Capitales mínimos de las entidades financieras’ que regula el Límite para las entidades que pertenezcan al Grupo ‘B’. Y también a partir de esa fecha, en las disposiciones en las que se refiere a ‘las entidades financieras que pertenezcan a los Grupos ‘B’ y ‘C”, se reemplaza por ‘las entidades financieras que pertenezcan al Grupo ‘B”.