El Banco Central da a conocer las hojas que corresponde reemplazar en la ‘Sección 3 Deudores del Sistema Financiero’ de Presentación de Informaciones al Banco Central, en función de la emisión de las Comunicaciones ‘A’ 6938, 6946 y 6966.
Las principales modificaciones son:
-Suspensión desde marzo hasta septiembre 2020 de la aplicación de la recategorización obligatoria. -Incorporación de la situación 23 ‘En tratamiento especial’. -Ajustes vinculados con la postergación de la aplicación del punto 5.5. de la NIIF 9 y su correspondiente metodología de prorrateo. -Inclusión del campo ‘Situación de la MiPyME al momento del otorgamiento de la financiación destinada al pago sueldos’ -Alta del código de asistencia 33 ‘Financiaciones a MiPyMEs que se destinen al pago de sueldos’. -Adecuación de las instrucciones, archivos, leyendas de error y de la tabla de correspondencia del R.I.-D.S.F. con el R.I. Balance de saldos. |