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El Banco Central dispone que los saldos impagos de los resúmenes de las tarjetas de crédito que venzan entre el 1 y el 30 de Septiembre deberán ser automáticamente refinanciados como mínimo a un año de plazo, con 3 meses de gracia en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.  Sólo podrán devengar un interés compensatorio que no podrá superar el 40 % nominal anual. Si el cliente lo requiere, los saldos refinanciados podrán ser precancelados, total o parcialmente, en cualquier momento y sin costo -excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación.