‘A’ 7239

El BCRA realiza varios ajustes en materia cambiaria. En primer lugar, prorroga hasta el 30 de junio de 2021 inclusive los puntos 2 y 3 de la comunicación ‘A’ 7030, los cuales disponen que se deberá contar con la conformidad previa del BCRA para acceder al mercado de cambios para: – La realización de pagos de importaciones de bienes (códigos de concepto B05, B06, B07, B10 y B12) o la cancelación de principal de deudas originadas en la importación de bienes,- La cancelación de servicios de capital de endeudamientos financieros con el exterior cuando el acreedor sea una contraparte vinculada al deudor. Respecto a la comunicación ‘A’ 7030 y complementarias: – Incorpora un nuevo punto, el 2.1.4.- Modifica el punto 2.1.2., según texto dado a conocer por la Comunicación ‘A’ 7193. Por último, reemplaza el punto 2. de la Comunicación ‘A’ 7123, modificado por el punto 3. de la Comunicación ‘A’ 7193.