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Circular LISOL 1-1018, OPRAC 1-1203, REMON 1-1094, OPASI 2-692: Efectivo mínimo. Depósitos e inversiones a plazo. Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME. Previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad. Adecuaciones.
Con vigencia a partir del 1.7.23, el BCRA dispone que la disminución de la exigencia de efectivo mínimo en pesos en función de los retiros de efectivo a través de cajeros automáticos de la entidad será de aplicación para los retiros de efectivo realizados en cajeros automáticos ubicados en localidades comprendidas en las categorías III a VI, conforme a lo establecido en las normas sobre ‘Categorización de localidades para entidades financieras‘.