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Circular SINAP 1-184: Proveedores de servicios de pago. Adecuaciones.
El Banco Central establece que la retribución que los PSPCP perciban por los saldos en pesos de las cuentas de depósito en las entidades financieras, en las que se depositen los fondos de sus clientes, deberá ser trasladada totalmente a esos clientes. El Directorio del BCRA aclaró –mediante un comunicado– que alcanza a los fondos depositados en las billeteras que por la decisión de los clientes no están invertidos.