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Circular LISOL 1-1062, OPRAC 1-1249, REMON 1-1119: Financiamiento al sector público no financiero. Efectivo mínimo. Adecuaciones.
El Banco Central modifica las normas sobre Financiamiento al sector público no financiero y establece que las ‘Letras Fiscales de Liquidez’ (LeFi) que adquieran las entidades financieras se encuentran excluidas de los límites crediticios establecidos en la Sección 6. Además, modifica también las normas sobre Efectivo mínimo porque las LeFi no se admiten para la integración de la exigencia en pesos –del período y diaria– que pueden realizar con títulos públicos nacionales las entidades financieras.