‘A’ 8066

Circular LISOL 1-1066: Capitales mínimos de las entidades financieras. Cobertura del riesgo de crédito. Adecuaciones.
Con vigencia a partir del próximo 1 de octubre, el Banco Central sustituye la Sección 5. de las normas sobre ‘Capitales mínimos de las entidades financieras’.