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Circular LISOL 1-1084: Posición Global Neta de Moneda Extranjera. Adecuaciones.
El Banco Central establece que las entidades financieras deberán computar las operaciones de cambio concertadas a un día de plazo (t+1) para la determinación de la ‘Posición de contado diaria de moneda extranjera’ prevista en el punto 2.2.2. de las normas sobre Posición Global Neta de Moneda Extranjera.