Circular SINAP 1-224: Sistema Nacional de Pagos – Servicios de Pago. Sistema Nacional de Pagos – Transferencias. Sistema Nacional de Pagos – Transferencias-normas complementarias. Adecuaciones. |
El Banco Central realiza adecuaciones en las normas de servicios de pago y transferencias del Sistema Nacional de Pagos. Entre otras cuestiones, dispone que el plazo máximo para que las entidades financieras, proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago y demás emisores de tarjetas prepagas de esquema abierto acrediten en la cuenta a la vista o de pago abierta a nombre del proveedor o comercio adherido el importe de cada venta realizada mediante la utilización de dichas tarjetas será de 2 días hábiles. Asimismo, el plazo máximo para que los subadquirentes acrediten en la cuenta a nombre del proveedor o comercio adherido el importe de los pagos realizados con su intervención no podrá exceder 1 día hábil desde que el subadquirente recibe los fondos. Lo mencionado entrará en vigencia para los pagos efectuados a partir del 01/08/25 inclusive, a excepción de los pagos con tarjeta prepaga efectuados en comercios que revistan la condición de micro y pequeña empresa, cuya vigencia será para los pagos efectuados a partir del 01/03/25 inclusive. El resto de las adecuaciones tendrán vigencia a partir del próximo 1 de junio. |