‘B’ 12844

Comunicación A 8060 Suspensión Rueda BCRA. Compra-Venta de Letras Fiscales de Liquidez.
El BCRA da a conocer las pautas de gestión de las operaciones de ‘Letras Fiscales de Liquidez’ para compra y/o venta de letras fiscales en pesos al BCRA según los términos expresados en la ‘A’ 8060, se habilitará una aplicación web que estará disponible a través del sitio Extranet del BCRA, con las siguientes direcciones de acceso: • Para el ambiente de producción: https://aplicaciones.bcra.sfa y• Para el ambiente de homologación: https://aplicaciones.homologacion.bcra.sfa El nombre de la aplicación es ‘Gestión de Operaciones’ – Opción Operatoria ‘LEFI’. Asimismo, en virtud de la suspensión de la operatoria BCRA, cabe aclarar que la API de Pases informada en la ‘B’ 12737 ya no tendrá disponibles las funcionalidades vinculadas al saldo base para este tipo de operaciones. En su reemplazo, se habilitará una nueva API para informar el saldo base para esta nueva operatoria. La operatoria de referencia se llevará a cabo en tres etapas: 1. Compra de letras fiscales de liquidez: el BCRA generará las operaciones de venta de letras fiscales de liquidez considerando el saldo en cuenta corriente de la Entidad y el saldo base informado para la operatoria a través de la nueva API destinada a tal fin. Este proceso de generación de operaciones se ejecutará al cierre del MEP. 2. Carga de cantidad de títulos que la Entidad desea vender: se podrá realizar el día hábil anterior a la fecha efectiva de liquidación de las operaciones o bien en el mismo día de las concertaciones y en los horarios indicados en la Com. A 8060. 3. Liquidación total o parcial de las tenencias: en esta etapa, el BCRA ejecutará un proceso de liquidación de acuerdo con las condiciones pactadas, y este efectuará los correspondientes movimientos de títulos en la CRYL y la acreditación de los pesos en la cuenta corriente de cada entidad.