Decreto 549/2020

El Poder Ejecutivo desgrava desde mañana y por el plazo de 60 días, del Derecho de Exportación (DE), aplicable a las operaciones de exportación de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) que se consignan en el ANEXO I (algunas posiciones dentro de cueros y pieles en bruto) que forma parte del presente decreto. Una vez vencido ese plazo se aplicará a las operaciones de exportación de las mercaderías objeto de esta medida el D.E establecido en el Anexo XIII del Decreto N° 1126/17 y en el Decreto N° 793/18.