Decreto 796/2019

El Ejecutivo Nacional excluye de la postergación prevista Decreto 596/2019, que adoptó -en el marco del proceso conocido como ‘reperfilamiento‘- distintas medidas tendientes a recomponer el programa financiero de la Nación y crear un marco sustentable para la deuda pública, a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo identificados en el Anexo de ese decreto, cuya tenencia registrada al 31/10/19 y titularidad a la fecha de pago corresponda a la Administración Pública No Financiera de las Provincias o de la Ciudad de Buenos Aires (están comprendidos la Administración Central, Organismos Descentralizados, Fondos Fiduciarios, Cuentas Especiales e Instituciones de la Seguridad Social). A fin de implementar dicha exclusión, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires informarán al Ministerio de Hacienda la especie, el valor nominal original, el intermediario financiero, la titularidad, la depositaria local en la que estén registradas las respectivas tenencias y las Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) bajo las cuales registran los títulos comprendidos en el presente decreto. Cabe señalar que los títulos con fecha de pago original vencida a la entrada en vigencia de esta medida serán cancelados dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que se reciba esa información o de la publicación del presente decreto, lo que ocurra último.