En relación a las inversiones que deben hacer las compañías de seguros y reaseguros en instrumentos PyMEs, a fin de coadyuvar en el financiamiento de este segmento de empresas, la SSN aclara que en el caso de las Obligaciones Negociables (ONs) emitidas por Entidades Financieras con el objeto de financiar PyMEs, las mismas no puedan ser contabilizadas con el fin de cumplir con el mínimo requerido por la regulación. No obstante, como Disposición Transitoria, se define que las ONs emitidas por Entidades Financieras con objeto de financiamiento PyME, adquiridas en forma directa o indirecta por las entidades aseguradoras y reaseguradoras previo a la entrada en vigencia de la presente resolución, podrán seguir siendo computadas hasta su vencimiento a los efectos del cumplimiento del mínimo requerido, a fin de no afectar el mercado y teniendo en cuenta las características del instrumento.