Resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social 3867/2023

Aporte en concepto de capital que realizan los asociados de las cooperativas por aplicación del régimen de capitalización proporcional autorizado por el art. 27 de la Ley 20.337. Aclaracion.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social aclara que el aporte en concepto de capital que realizan los asociados de las cooperativas por aplicación del régimen de capitalización proporcional constituye una aportación diferente del pago por contraprestación del servicio respectivo.  En ese sentido, el estatuto debe determinar la aplicación del capital proporcional de acuerdo con las características de cada cooperativa.