Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 352/2020

Se suspende por el lapso 180 días corridos la incorporación, los efectos y plazos de permanencia  de los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL). La inclusión en este registro es uno de los requisitos que  las entidades financieras públicas debieran constatar a los fines de verificar las condiciones de los solicitantes de préstamos en el marco de las normas sobre Gestión crediticia.