Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4468/2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece las condiciones y plazos que deben observar las personas humanas y las sucesiones indivisas para el ingreso del impuesto cedular sobre la renta financiera y por la venta de inmuebles. Para los números de CUIT finalizados en 0, 1, 2 y 3, la fecha de presentación es el 19/06/19 y la de pago, el 21/06/19. Los terminados en 4, 5 y 6 deberán presentarlo el 21/06/19 y pagarlo el 24/06/19. Y los que concluyen en 7, 8 y 9 tienen como fecha de presentación el 24/06/19 y de pago el 25/06/19. Se dispone que los sujetos alcanzados por el impuesto deben presentar la declaración jurada cuando la misma arroje impuesto determinado y, cuando se trate del ingreso del impuesto cedular por la renta financiera, los contribuyentes serán dados de alta de oficio por la AFIP en dicho impuesto. Cabe destacar que la declaración jurada se realizará en la web del organismo, a través de ‘Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado’, ingresando a la opción que corresponda según el tipo de renta a declarar.