La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece el 31/07/19 como fecha límite del plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago por obligaciones vencidas hasta el 31/1/2019 (establecido por la RG AFIP 4477) para aquellos contribuyentes que no registren la condición de micro, pequeñas y medianas empresas y que ingresen un pago a cuenta del 20% del total de la deuda. Cabe aclarar que para el resto de los contribuyentes las condiciones de dicho régimen (para el cual el plazo de adhesión vence el 31/8/19) permanecen como hasta ahora.