Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4691/2020

 
Considerando los acontecimientos actuales ocasionados por la propagación mundial de la pandemia generada por el COVID-19  se estima necesario modificar los plazos establecidos por la Resolución General 4.673 a los fines del ingreso por parte de los responsables del pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales, como asimismo, a los efectos de solicitar su eximición.