Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4999/2021

Procedimiento. Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Período de feria fiscal extraordinario. Resolución General Nº 1.983. Norma complementaria.
AFIP resuelve fijar entre los días 26 y 28 de mayo de 2021, ambos inclusive, un período de feria fiscal extraordinario con los alcances establecidos en la Resolución General N° 1.983, sus modificatorias y complementarias.  Excepciones. Quedan exceptuados los siguientes procedimientos de fiscalización:- Correspondientes a la información proporcionada al organismo por la OCDE, así como aquella proveniente del intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.- Relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia y los originados en la detección de facturación apócrifa.- Fiscalización elecetrónica efectuados con arreglo a lo dispuesto por la Resolución General N° 3.416.- Vinculados al aporte solidario y extraordinario establecido por la Ley N° 27.605.