Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 5525/2024

Procedimiento. Ley Nº 27.743. Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Título I. Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social. Su reglamentación.
La AFIP  reglamenta el  Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social creado por el Título I de la Ley N° 27.743 y dicta las normas complementarias necesarias a los efectos de su aplicación. Los contribuyentes y responsables de las obligaciones cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo del organismo, a fin de adherir al Régimen, deberán cumplir las disposiciones y los requisitos que se establecen en esta resolución general.  Podrán regularizarse las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social -incluidas las detalladas en el artículo 3° de la Ley N° 27.743- vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.  El sistema ‘Mis Facilidades’, a fin de que los responsables solidarios y los sujetos concursados y fallidos adhieran al presente régimen y, en su caso, soliciten la refinanciación de planes de facilidades de pago vigentes, se encontrará disponible a partir de las fechas que se indican en el micrositio denominado ‘Nuevo Pacto Fiscal’ del sitio ‘web’ institucional. Esta resolución general entrará en vigencia el día 17 de julio de 2024.