Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Resolución General Nº 5.617 y su modificatoria. Su modificación. |
ARCA excluye de la percepción impositiva al cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario, destinadas al pago de las prestaciones de servicios realizadas en el exterior a que se refiere el inciso b) del artículo 1° de la RG ARCA 5617/2024, a través de portales o sitios virtuales, cuyas denominaciones comerciales se encuentran en la nómina incluida en el Anexo de la presente. Se aclara que las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación para las operaciones de cambio que se efectúen desde dicha fecha. En caso de que la adecuación de los sistemas por parte de los agentes de percepción no se encuentre disponible para el primer cierre de ciclo, la percepción cobrada indebidamente se reintegrará en el próximo resumen y/o liquidación de la tarjeta. |