La CNV realiza modificaciones al régimen especial para la constitución de Fondos Comunes de Inversión cuyo objeto especial de inversión lo constituyan instrumentos destinados al financiamiento de PYMES(Fondos PYMES).
Recordemos que a través de diferentes resoluciones, se elevó el porcentaje mínimo de inversión en valores negociables emitidos con esa finalidad y se incorporó -en adición a los valores negociables emitidos por PYMES y/o emitidos por otras entidades cuya emisión tenga por objeto o finalidad el financiamiento de PYMES-, a aquellos valores negociables que emitidos por otras entidades son descontados en primer endoso en un mercado autorizado, por parte de una PYME.
Además, se añadió dentro de los activos elegibles, a los Certificados de Obra Pública librados en favor de una PYME y a las cuotapartes de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados que tengan por objeto de inversión el financiamiento de PYMES, en tanto fueran administrados por otra Sociedad Gerente, y su inversión no supere el 5% del patrimonio neto del FCI Abierto; así como también la posibilidad de adquirir los instrumentos de facturación denominados “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs”
Ahora, por la presente, se reglamenta el alcance de la inversión en valores negociables emitidos por otras entidades cuya emisión tenga por objeto o finalidad el financiamiento de PYMES, dado que para la CNV, quedan excluidas las obligaciones negociables (ONs) emitidas por entidades financieras. Sobre esta última exclusión, se aclara que los fondos comunes de inversión PYMES que se encuentren en funcionamiento podrán conservar en cartera hasta su vencimiento final, aquellas ONs emitidas por entidades financieras que hayan sido adquiridas con anterioridad a la entrada en vigencia de la misma, es decir, el 30/7/19.