La Comisión Nacional de Valores ha efectuado una revisión de la reglamentación aplicable respecto de los requisitos que deben cumplir los contadores públicos certificantes y las asociaciones de profesionales auditores que éstos integren a los fines de obtener su inscripción en los respectivos Registros y la permanencia en los mismos.
En ese sentido y a los fines de optimizar la calidad de la información que se brinda al público inversor y demás usuarios interesados en los estados contables de las entidades sujetas al control incorporan las siguientes modificaciones, entre otras:
– Obligación para los sujetos registrados de actualizar, durante la vigencia de su inscripción, los datos registrales, los antecedentes sobre designación, desempeño profesional y medidas disciplinarias impartidas.
– Causales específicas de cancelación de la inscripción en los registros, adicionalmente a las causales de exclusión vigentes, a efectos de una inmediata actualización del registro.
Finalmente, disponen un cronograma de revalidación para aquellos auditores externos y asociaciones de profesionales auditores que se encuentren registrados con anterioridad al 31 de diciembre del año 2017, de modo de asegurar que los auditores registrados -y en su caso, las asociaciones profesionales que integren- continúen certificando estados financieros de emisoras, patrimonios, sujetos y otras entidades que están sujetas al control de esta CNV.
Los contadores públicos deberán cumplir con el deber informativo establecido de acuerdo con la letra inicial del apellido simple o del primero, en caso de apellidos compuestos:
a) Letras A a C: Hasta el 31/01/2021.
b) Letras D a K: Hasta el 28/02/2021.
c) Letras L a P: Hasta el 31/03/2021.
d) Letras Q a Z: Hasta el 30/04/2021
Las asociaciones de profesionales que se encuentren registradas deberán presentar antes del 30 de abril de 2021, nota suscripta con carácter de declaración jurada con todos los datos solicitados.