Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 981

Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.
La CNV readecúa ciertos límites y condiciones previstas en los artículos 4°; 5° BIS y 6° TER del Capítulo V del Título XVIII de sus normas. Por otro lado modifica las previsiones referidas al marco de actuación de los:- Agentes de Negociación (AN),- Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y- Agente Asesor Global de Inversiones (AAGI). Estas modificaciones limitan su actuación en la colocación primaria y en la negociación secundaria, a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados por esta Comisión, en carácter de clientes de intermediarios y/o entidades radicadas en el exterior regulados por Comisiones de Valores u otros organismos de control extranjeros.