La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa (SEPYME) implementa una serie de medidas transitorias que buscan aliviar el impacto económico de las fluctuaciones en la cotización del dólar sobre las sociedades de garantía recíproca (SGRs) en materia del cálculo de límites operativos, del grado de utilización del fondo de riesgo de las operaciones otorgadas en dicha moneda y de la renovación del límite operativo individual por socio partícipe o tercero. Así, se autoriza, transitoriamente, hasta el 31/03/20 a las sociedades de garantía recíproca a realizar el cálculo de los límites operativos previstos sobre la base del Fondo de Riesgo Computable, aun cuando su Fondo de Riesgo Contingente superase el 15% del Fondo de Riesgo Total Computable. También hasta esa fecha, podrán renovar en exceso del límite del 5% operativo individual por socio partícipe y/o tercero, debido a la abrupta variación del tipo de cambio, operaciones emitidas y otorgadas en dólares estadounidenses entre el 04/09/18 y el 09/08/19. A tal fin, las SGRs deberán informar en el marco del régimen informativo establecido por el Anexo I de la Res PYME 445/2018 el listado de las garantías que hayan sido otorgadas producto de las refinanciaciones en dólares estadounidenses y que se encuentren alcanzadas por dicha autorización, incluyendo el detalle de la fecha de otorgamiento, CUIT y razón social del socio partícipe o tercero, número de garantía y monto otorgado en dólares estadounidenses y pesos. También se dispone que las sociedades de garantía recíproca podrán computar, en el Grado de Utilización del Fondo de Riesgo las operaciones otorgadas en US$ hasta el 09/08/19, que debido a la abrupta variación del tipo de cambio, hayan quedado excedidas del 5% del límite operativo individual por socio partícipe y/o tercero.