La Unidad de Información Financiera modifica los procedimientos de supervisión vigentes por nuevos diseños que se adapten y sean conformes a los estándares internacionales promovidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que en su Recomendación N° 1 establece que los países deben aplicar un enfoque basado en riesgo para entender sus riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo a fin de asegurar que las medidas para prevenir o mitigar dichos delitos sean proporcionales a los riesgos identificados. En consecuencia, el organismo antilavado argentino aprueba su ‘Procedimiento de Supervisión Basado en Riesgos de la Unidad de información financiera’ (incluido como anexo de la presente). Asimismo, deroga las disposiciones de los Anexos II, III y IV de la Res UIF 104/2010, el artículo 7º y las disposiciones de los Anexos V y VI de la Res UIF 165/2011 y del Anexo III de laRes UIF 229/2014. Cabe señalar que el procedimiento de supervisión aprobado por la presente ha sido elaborado teniendo en cuenta las buenas prácticas en materia de simplificación y los principios que emanan del Decreto 891/2017.