Resolución de la UIF 18/2019

Por la Resolución UIF 156/2018, se aprobaron los textos ordenados de las Resoluciones UIF 30/2017 (Anexo I), 21/2018 (Anexo II) y 28/2018 (Anexo III), en las cuales, dentro de los requisitos de identificación de clientes personas jurídicas, se estableció que los sujetos obligados deberán requerirles copia del estatuto social actualizado, sin perjuicio de la exhibición de su original. Ahora, por la presente, se modifican dichas normas en relación a tal requisito, permitiendo a los sujetos obligados verificar la copia del estatuto social actualizado, utilizando documentos, datos o información confiable de fuentes independientes, con resguardo de la evidencia correspondiente de tal proceso.