Resolución 590 de 2024 del Ministerio de Economía. Incorporación |
El ministro de Economía incorpora a las disposiciones de la Resolución 590 de 2024, que dio a conocer los destinos de los fondos que se regularicen en los términos del capítulo V del título II de la Ley N° 27.743, lo siguiente: – Los fondos regularizados también podrán afectarse a la adquisición de bienes muebles con destino a la inversión productiva en el país mediante transferencias hacia cuentas especiales de regularización de activos o hacia otras cuentas. En este último caso, el sujeto deberá declarar ante la entidad en la que se llevará a cabo ese movimiento, con carácter de declaración jurada, que el dinero será utilizado para dicha operatoria. – Los sujetos que regularicen fondos podrán optar por transferirlos a terceros operaciones onerosas debidamente documentadas, cuando se trate de fondos regularizados por un monto de hasta USD 100.000 a través de la utilización de tarjetas de débito u otro medio de pago electrónico, en los términos y condiciones que, en función de su competencia, determine el BCRA. |